El nuevo Padre de la parroquia estaba tan, tan nerviosoen su primer sermón que casi no consiguió hablar.
Antes de su segundo sermón del domingo siguiente, preguntó al arzobispo cómo podría hacer para relajarse. Éste le sugirió lo siguiente:
La próxima vez, coloque unas gotitas de vodka en el agua y verá que, después de unos sorbos, estará mas relajado.
Al domingo siguiente el padre aplicó la sugerencia y, en efecto, se sintió tan bien que podría hablar hasta en medio de una tempestad. Totalmente relajado. Luego del sermón, se acostó a dormir un rato en la sacristía y al despertar encontró una nota del arzobispo que decía :
La próxima vez, coloque unas gotas de vodka en el agua y no unas gotas de agua en el vodka.
Tome sorbos no tragos.
No hay necesidad de poner hielo y limón en el cáliz.
El Misal no es un portavasos.
La caseta que está al lado del altar es el confesionario, no el baño.
Evite ponerse en la imágen de la Virgen y mucho menos abrazarla y besarla.
Los mandamientos son 10 y no 12.
Los apóstoles eran 12, no 7, ninguno era enanito.
Los religiosos no nos referimos a Nuestro Señor Jesucristo y sus apóstoles como Jesús & Cía.
Tampoco nos referimos a Judas como "el hijueputa ese".
Osama Bin Laden no tuvo nada que ver con "la muerte de Jesús".
Los pecadores van para el infierno y no para la mierda.
El agua bendita es para bendecir y no para refrescarse la cabeza.
Las hostias son para distribuirlas al pueblo de Dios. No deben ser usadas como botana.
El Papa es sagrado, no castrado y no le llamamos "El Padrino".
El Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, no son "el papi, el nene y el coco".
David derrotó a Goliat con una honda y una piedra, no le puso un coche-bomba con explosivo C-4.
Lo que Eva le dió a Adán, no fue la tetona, si no la manzana.
Caín mató a Abel con una quijada y no con un huevo de burro.
Magdalena fue una pecadora arrepentida, y no una puta empedernida.
Invitar al público para bailar fue buena idea, pero hacer el trenecito por toda la iglesia no me pareció correcto.
A Jesucristo le hicieron la circuncisión, no le pelaron la macana.
Dios no es un cojonudo, es Todopoderoso.
Y por último aquel hombre sentado a la derecha del altar, al cual usted se refirió como maricón y trasvesti con faldita, era yo con mi sotana.
Espero que todas estas fallas sean corregidas para el sermón del próximo domingo.
EL SERMON DEL DOMINGO
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LOS CONTADORES VAN AL CIELO
ya tenemos nuestro lugar apartado, bueno si llego >>LOS CONTADORES VAN AL CIELO > >>> >> >>>>> > >>> >> >>>>> > >>> >> >>>>>Se murió un contador y se fue a reportar a las puertas del > >>> >> >>>>>Cielo. > >>> >> >>>>> > >>> >> >>>>>Sabido es que los contadores por su honestidad siempre van al > >>> >> >>>>>cielo. > >>> >> >>>>>San Pedro buscó en su archivo, pero últimamente andaba un > >>> >>poco > >>> >> >>>>>desorganizado y no lo encontró en la maraña de papeles, así > >>> >>que > >>> >> >>>>>le dijo: "Lo lamento, no estás en lista....". > >>> >> >>>>>De modo que el > >>>contador se fue a tocar la puerta del infierno > >>> >>y > >>> >> >>>>>le > >>> >> >>>>>dieron albergue y alojamiento inmediatamente. Poco tiempo > >>> >>pasó y > >>> >> >>>>>el > >>> >> >>>>>contador se cansó de padecer las miserias del infierno, y se > >>> >> >>>>>puso > >>> >> >>>>>a organizar todo el departamento (También es sabido que los > >>> >> >>>>>contadores > >>> >> >>>>>son muy ordenados). > >>> >> >>>>>Al paso del tiempo, ya tenían un nuevo > >>> >> >>>>>organigrama, reportes administrativos sobre entradas y > >>> >>salidas > >>> >> >>>>>del infierno, aire acondicionado, estados financieros > >>> >> >>>>>comparativos > >>> >> > >>> >>>>>con el siglo anterior, estado de flujo de cenizas y carbones, > >>> >>la > >>> >> >>>>>Comisión mixta de Seguridad e Higiene (incluso mandó a poner > >>> >> >>>>>unos > >>> >> >>>>>extinguidores), sugirió que se conectaran en red las > >>> >> >>>>>computadoras > >>> >> >>>>>para poder pagar los impuestos y tener acceso directo a la > >>> >> >>>>>página > >>> >> >>>>>del SAT, tramitó la FEA (firma electrónica digital) para el > >>> >> >>>>>infierno, etc. etc.. ........ la cosa es que el "Conta" se > >>> >>hizo > >>> >> >>>>>de buena reputación. > >>> >> >>>>>Un día Dios le habló al Diablo por teléfono y -con tono de > >>> >> >>>>>sospecha- > >>> >> > >>> >>>>>le preguntó: "¿Y ... cómo han estado por allá en el > >>> >>infierno?" > >>> >> >>>>>Estamos joya!!! Tenemos un nuevo organigrama, reportes > >>> >> >>>>>administrativos nuevos, extinguidores regados por todos > >>> >>lados, > >>> >> >>>>>un > >>> >> >>>>>botiquín, estamos al día en nuestros pagos de impuestos, ya > >>> >>los > >>> >> >>>>>hacemos por internet, por cierto... Mi dirección de mail, > >>> >>toma > >>> >> >>>>>nota > >>> >> >>>>>mi estimado, es: eldiablofeliz@infierno.com Y no sé cuál será > >>> >>la > >>> >> >>>>>próxima sorpresa del contador!". > >>> >> >>>>>-"¿Qué?, ¿QUÉ?!. ¿Tienen un contador allá?? Eso es un error, > >>> >> >>>>>nunca > >>> >> > >>> >>>>>debió haber llegado ahí un contador. Los contadores siempre > >>> >>van > >>> >> >>>>>al cielo, eso esta escrito y resuelto ya. ¡Me lo mandas para > >>> >>acá > >>> >> >>>>>inmediatamente!". > >>> >> >>>>>-¡Ni loco!. Ya me gustó tener un contador en la organización > >>> >> >>>>>.... y > >>> >> >>>>>me voy a quedar con él eternamente". > >>> >> >>>>>-¡Mandalo para áca o... ¡¡¡TE DEMANDARÉ!!...". > >>> >> >>>>>Y el diablo, con la visión nublada por la tremenda carcajada > >>> >>que > >>> >> >>>>>soltó, le contestó a Dios: > >>> >> >>>>>-"Ah Sí??... Me vas a demandar, y no más por curiosidad.... > >>> >> >>>>>¿DE DÓNDE VAS A SACAR UN ABOGADO?. > >>> >> > > >>> >> > >>> > > >>> > > >>> > >>> > >>> > >> > >> > >
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ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
FUNDAMENTO LEGAL DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA.
ART. 182.- LGSM
Son asambleas extraordinarias, las que se reúnan para tratar cualquier de los siguientes asuntos:
I.- Prórroga de la duración de la sociedad;
II.- Disolución anticipada de la sociedad;
III.- Aumento o reducción del capital social;
IV.- Cambio de objeto de la sociedad;
V.- Cambio de nacionalidad de la sociedad;
VI.- Transformación de la sociedad;
VII.- Fusión con otra sociedad;
VIII.- Emisión de acciones privilegiadas;
IX.- Amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce;
X.- Emisión de bonos;
XI.- Cualquiera otra modificación del contrato social, y
XII.- Los demás asuntos para los que la Ley o el contrato social exijan un quórum especial.
Estas asambleas podrán reunirse en cualquier tiempo.
ART. 183 LGSM
De la convocatoria
La convocatoria para las asambleas deberá hacerse por el Administrador o el Consejo de Administración, o por los Comisarios, salvo lo dispuesto en los artículos 168, 184 y 185.
ART. 184 LGSM
¿Quiénes podrán solicitar que se lleve a cabo la convocatoria?
Los accionistas que representen por lo menos el treinta y tres por ciento del capital social, podrán pedir por escrito, en cualquier tiempo, al Administrador o Consejo de Administración o a los Comisarios, la Convocatoria de una Asamblea General de Accionistas, para tratar de los asuntos que indiquen en su petición
Si el Administrador o Consejo de Administración, o los Comisarios se rehusaren a hacer la convocatoria, o no lo hicieren dentro del término de quince días desde que hayan recibido la solicitud, la convocatoria podrá ser hecha por la autoridad judicial del domicilio de la sociedad, a solicitud de quienes representen el treinta y tres por ciento del capital social, exhibiendo al efecto los títulos de las acciones.
ART. 185 LGSM
La petición a que se refiere el artículo anterior, podrá ser hecha por el titular de una sola acción, en cualquiera de los casos siguientes:
I.- Cuando no se haya celebrado ninguna asamblea durante dos ejercicios consecutivos;
II.- Cuando las asambleas celebradas durante ese tiempo no se hayan ocupado de los asuntos que indica el artículo 181.
ART. 186 LGSM
La convocatoria para las asambleas generales deberá hacerse por medio de la publicación de un aviso en el periódico oficial de la entidad del domicilio de la sociedad, o en uno de los periódicos de mayor circulación en dicho domicilio con la anticipación que fijen los estatutos, o en su defecto, quince días antes de la fecha señalada para la reunión. Durante todo este tiempo estará a disposición de los accionistas, en las oficinas de la sociedad, el informe a que se refiere el enunciado general del artículo 172.
ART. 187 LGSM
La convocatoria para las Asambleas deberá contener la Orden del Día y será firmada por quien la haga.
ART. 190 LGSM
En las Asambleas Extraordinarias, deberán estar representadas, por lo menos, las tres cuartas partes del capital y las resoluciones se tomarán por el voto de las acciones que representen la mitad del capital social.
ART. 191 LGSM
• Si la Asamblea no pudiere celebrarse el día señalado para su reunión, se hará una segunda convocatoria con expresión de esta circunstancia y en la junta se resolverá sobre los asuntos indicados en la Orden del Día, cualquiera que sea el número de acciones representadas.
• Tratándose de Asambleas Extraordinarias, las decisiones se tomarán siempre por el voto favorable del número de acciones que representen, por lo menos, la mitad del capital social.
ART 192 LGSM
} Los accionistas podrán hacerse representar en las Asambleas por mandatarios, ya sea que pertenezcan o no a la sociedad.
La representación deberá conferirse en la forma que prescriban los estatutos y a falta de estipulación, por escrito.
No podrán ser mandatarios los Administradores ni los Comisarios de la sociedad.
Artículo 193 LGSM
} Salvo estipulación contraria de los estatutos, las Asambleas Generales de Accionistas serán presididas por el Administrador o por el Consejo de Administración, y a falta de ellos, por quien fuere designado por los accionistas presentes.
Articulo 194 LGSM
Ø Las actas de las Asambleas Extraordinarias serán protocolizadas ante Notario e inscritas en el Registro Público de Comercio.
Artículo 197 LGSM
Ø Los administradores y los comisarios no podrán votar en las deliberaciones relativas a la aprobación de los informes a que se refieren los artículos 166 en su fracción IV y 172 en su enunciado general o a su responsabilidad.
Articulo 199 LGSM
A solicitud de los accionistas que reúnan el treinta y tres por ciento de las acciones representadas en una Asamblea, se aplazará, para dentro de tres días y sin necesidad de nueva convocatoria, la votación de cualquier asunto respecto del cual no se consideren suficientemente informados. Este derecho no podrá ejercitarse sino una sola vez para el mismo asunto.
Articulo 200 LGSM
} Las resoluciones legalmente adoptadas por las Asambleas de Accionistas son obligatorias aun para los ausentes o disidentes, salvo el derecho de oposición en los términos de esta Ley.
Artículo 201 LGSM
} Los accionistas que representen el treinta y tres por ciento del capital social podrán oponerse judicialmente a las resoluciones de las Asambleas Generales, siempre que se satisfagan los siguientes requisitos:
} I.- Que la demanda se presente dentro de los quince días siguientes a la fecha de clausura de la Asamblea;
} II.- Que los reclamantes no hayan concurrido a la Asamblea o hayan dado su voto en contra de la resolución, y
} III.- Que la demanda señale la cláusula del contrato social o el precepto legal infringido y el concepto de violación.
No podrá formularse oposición judicial contra las resoluciones relativas a la responsabilidad de los Administradores o de los Comisarios.
Articulo 202 LGSM
La ejecución de las resoluciones impugnadas podrá suspenderse por el Juez, siempre que los, actores dieren fianza bastante para responder de los daños y perjuicios que pudieren causarse a la sociedad, por la inejecución de dichas resoluciones, en caso de que la sentencia declare infundada la oposición.
Artículo 203 LGSM
La sentencia que se dicte con motivo de la oposición surtirá efectos respecto de todos los socios.
Articulo 206 LGSM
Cuando la Asamblea General de Accionistas adopte resoluciones sobre los asuntos comprendidos en las fracciones IV, V y VI del artículo 182, cualquier accionista que haya votado en contra tendrá derecho a separarse de la sociedad y obtener el reembolso de sus acciones, en proporción al activo social, según el último balance aprobado siempre que lo solicite dentro de los quince días siguientes a la clausura de la asamblea.
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Este blog es con el proposito de difundir informacion interesante de de utilidad.
Esperamos que la informacion que se presenta le pueda servir para el "perfeccionamiento de su negocio".

